Antes de trabajar los puntos asignados para este tema, es necesario conocer algo sobre lo que es Ética de manera general, por lo que la podemos definir como una disciplina filosófica que se refiere a los principios morales que cada individuo puede usar para tomar decisiones que guíen su conducta. Esto nos conduce también a querer conocer lo que es la Ética Profesional, que en principio es una disciplina filosófica, que trata de las obligaciones y normas del hombre, no necesariamente codificadas, que definen un correcto ejercicio de la profesión dentro de valores humanos de orden superior.
Ahora bien, la tecnología informática plantea nuevas situaciones y nuevos problemas y gran parte de éstas son de una naturaleza ética; obviamente existen intentos de resolver estos problemas aplicando las actuales reglas y soluciones éticas de carácter general. Pero, ¿qué es Informática? Se dice que es la ciencia que estudia el fenómeno de la información, los sistemas de información y el procesamiento, transferencia y utilización de la información principalmente, pero no necesariamente mediante computadoras y telecomunicaciones como herramientas para el beneficio de la humanidad. Esto nos lleva a una nueva disciplina: la Ética en la Informática, que pretende abrirse campo dentro de las éticas aplicadas, por lo cual encontramos varias definiciones:
• Disciplina que analiza los problemas éticos que son creados por la tecnología de las computadoras, como también los que son transformados o agravados por las personas que utilizan los avances de las tecnologías de la información.
• "Es el análisis de la naturaleza y el impacto social de la tecnología informática y la correspondiente formulación y justificación de políticas para un uso ético de dicha tecnología". Esta definición esta relacionada con los problemas conceptuales y los vacíos en las regulaciones que ha ocasionado la tecnología de la información.
• También se define "como la disciplina que identifica y analiza los impactos de las tecnologías de la información en los valores humanos y sociales", siendo estos valores: la salud, la riqueza, el trabajo, la libertad, la democracia, el conocimiento, la privacidad, la seguridad o la autorrealización personal.
Los sistemas de reglas establecidos con el propósito general de guiar el comportamiento de los integrantes de la organización y de aquellos con los cuales ésta actúa habitualmente: clientes, proveedores y contratistas, es lo que se conoce en el mundo de las empresas como los Códigos de Ética. Esto nos hace considerar sobre la responsabilidad que se adquiere al momento de estar frente de un computador a través de:
Los Diez Mandamientos de la Ética Informática:
Ahora bien, la tecnología informática plantea nuevas situaciones y nuevos problemas y gran parte de éstas son de una naturaleza ética; obviamente existen intentos de resolver estos problemas aplicando las actuales reglas y soluciones éticas de carácter general. Pero, ¿qué es Informática? Se dice que es la ciencia que estudia el fenómeno de la información, los sistemas de información y el procesamiento, transferencia y utilización de la información principalmente, pero no necesariamente mediante computadoras y telecomunicaciones como herramientas para el beneficio de la humanidad. Esto nos lleva a una nueva disciplina: la Ética en la Informática, que pretende abrirse campo dentro de las éticas aplicadas, por lo cual encontramos varias definiciones:
• Disciplina que analiza los problemas éticos que son creados por la tecnología de las computadoras, como también los que son transformados o agravados por las personas que utilizan los avances de las tecnologías de la información.
• "Es el análisis de la naturaleza y el impacto social de la tecnología informática y la correspondiente formulación y justificación de políticas para un uso ético de dicha tecnología". Esta definición esta relacionada con los problemas conceptuales y los vacíos en las regulaciones que ha ocasionado la tecnología de la información.
• También se define "como la disciplina que identifica y analiza los impactos de las tecnologías de la información en los valores humanos y sociales", siendo estos valores: la salud, la riqueza, el trabajo, la libertad, la democracia, el conocimiento, la privacidad, la seguridad o la autorrealización personal.
Los sistemas de reglas establecidos con el propósito general de guiar el comportamiento de los integrantes de la organización y de aquellos con los cuales ésta actúa habitualmente: clientes, proveedores y contratistas, es lo que se conoce en el mundo de las empresas como los Códigos de Ética. Esto nos hace considerar sobre la responsabilidad que se adquiere al momento de estar frente de un computador a través de:
Los Diez Mandamientos de la Ética Informática:
1) No usarás una computadora para dañar a otros.
2) No interferirás con el trabajo ajeno.
3) No indagarás en los archivos ajenos.
4) No utilizarás una computadora para robar.
5) No utilizarás la informática para realizar fraudes.
6) No copiarás o utilizarás software que no hayas comprado.
7) No utilizarás los recursos informáticos ajenos sin la debida autorización.
8) No te apropiarás de los derechos intelectuales de otros.
9) Deberás evaluar las consecuencias sociales de cualquier código que desarrolles.
10) Siempre utilizarás las computadoras de manera de respetar los derechos de los demás.
Después de este preámbulo, pasemos a desarrollar los puntos indicados en la actividad:
8.1. Cinco dimensiones morales de la era de la información.
Laudon propone cinco (5) dimensiones morales de la era de la información, que representan una muy buena pauta de las consideraciones, preguntas y respuestas éticas que debiera realizarse una sociedad al momento de introducir una nueva tecnología. Estas son:
1) Derechos y Obligaciones de la Información. Tiene que ver con los derechos y obligaciones que tienen los individuos y las organizaciones respecto a la información que les pertenece y los medios lícitos para protegerla.
2) Derechos de Propiedad. Son todos aquellos derechos que protegen la propiedad intelectual en una sociedad digital, así como pautas específicas para las relaciones contractuales con terceros, su alcance y limitaciones para proteger a autores y usuarios. La propiedad intelectual se encarga de proteger los bienes intangibles creados por individuos u organizaciones, mediante los siguientes elementos legales:
• Secreto Comercial. Constituye cualquier trabajo intelectual o producto utilizado para propósitos comerciales que se considera que no puede ser dominio público;
• Derechos de Autor. Conjunto de regulaciones que protegen a los creadores de diversos tipos de obras que se consideran como parte de la propiedad intelectual, de individuos u organizaciones que busquen copiar sus obras sin autorización para lucro personal.
• Patentes. Documento legal que faculta al creador o inventor un monopolio exclusivo de su obra durante un período determinado, siempre y cuando la creación sea original y novedosa. Existen varios tipos de patentes y al nivel de tecnología se aplica más al nivel de hardware y componentes electrónicos.
3) Responsabilidad y Control. Son las personas responsables de manejar los sistemas de información al determinarse quién se hace responsable por los daños individuales o colectivos que se puedan afectar al incumplir los derechos de información y propiedad, lo que tiene que ver tanto con la manipulación de datos, como el uso indebido o no autorizado.
4) Calidad de los Sistemas. Se refiere a los niveles generales de calidad de datos, información. programas de procesamiento y del sistema, que pueden ser solicitados para garantizar la protección de los derechos individuales y la seguridad de la sociedad, lo que incluye errores de sistema, generalización y pérdidas ocasionadas.
5) Calidad de Vida. Tiene que ver con la determinación de los valores que deben ser conservados y protegidos en una sociedad basada en la información y en el conocimiento; valores, prácticas y culturas que deben ser soportados por las nuevas tecnologías y las instituciones que deben encargarse del control.
Esto se ve reflejado en la Ley Especial contra Delitos Informáticos de la República Bolivariana de Venezuela, que dice, en su:
Artículo 6. Acceso indebido. Toda persona que sin la debida autorización o excediendo la que hubiere obtenido, acceda, intercepte, interfiera o use un sistema que utilice tecnologías de información, será penado con prisión de uno a cinco años y multa de diez a cincuenta unidades tributarias.
Artículo 8. Favorecimiento culposo del sabotaje o daño. Si el delito previsto en el artículo anterior se cometiere por imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de las normas establecidas, se aplicará la pena correspondiente según el caso, con una reducción entre la mitad y dos tercios.
Y en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones de la República Bolivariana de Venezuela, en su Artículo 2, entre sus objetivos generales, como es el:
1) Defender los intereses de los usuarios, asegurando su derecho al acceso a los servicios de telecomunicaciones, en adecuadas condiciones de calidad, y salvaguardar, en la prestación de estos, la vigencia de los derechos constitucionales, en particular el del respeto a los derechos al honor, a la intimidad, al secreto en las comunicaciones y el de la protección a la juventud y la infancia. A estos efectos, podrán imponerse obligaciones a los operadores de los servicios para la garantía de estos derechos…
8.2. La ética en una sociedad de la información.
Ser una sociedad de la información es una situación, una etapa a la que se arriba, es la condición que según algunos sociólogos y economistas continúa a la de país industrializado, por lo que se tiende a aceptar como universales, principios de ética social como la igualdad entre los seres humanos, sin importar diferencias de sexo, religión o etnia; la igualdad entre las naciones y las culturas, sin importar sus historias particulares o su grado de desarrollo; la democracia como sistema político; el acceso a servicios de salud, educación y recreación como derechos naturales. En la base de esas concepciones éticas, se encuentran las de que en el mundo moderno es indispensable acceder a la información de carácter científico, técnico y humanístico para garantizar los derechos.
La Ley Orgánica de Telecomunicaciones de la República Bolivariana de Venezuela, en su Artículo 2, indica entre sus objetivos generales el:
...
9) Favorecer el desarrollo armónico de los sistemas de telecomunicaciones en el espacio geográfico, de conformidad con la ley.
10) Favorecer el desarrollo de los mecanismos de integración regional en los cuales sea parte la República y fomentar la participación del país en organismos internacionales de telecomunicaciones.
11) Promover la inversión nacional e internacional para la modernización y el desarrollo del sector de las telecomunicaciones.
Y la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación de la República Bolivariana de Venezuela, en su Artículo 2°, expresa que: “Las actividades científicas, tecnológicas y de innovación son de interés público y de interés general..."
8.3. Dimensiones Morales de los Sistemas de Información.
Existe en la actualidad cinco dimensiones morales, las cuales son:
1) No debe haber sistemas de expedientes personales cuya existencia sea un secreto.
2) Los individuos tienen derecho a acceder, inspeccionar, revisar y enmendar los sistemas que contiene información acerca de ellos.
3) La información personal no debe utilizarse para fines que no sean aquellos para lo que se obtuvo consentimiento previo.
4) Los administradores de los sistemas tienen responsabilidad personal, formal y legal por los daños causados por la confiabilidad y seguridad de los sistemas.
5) Los gobiernos tienen derecho a intervenir en las relaciones de información entre partes privadas.
Análisis.
Por lo aquí visto, se puede decir que en la actualidad, la tecnología puede ser una espada de doble filo, mientras que por un lado nos puede generar beneficios a través de la facilidad de poder manejar y compartir la información, por el otro puede traer la desventaja al violar la privacidad de datos personales que se manejan en la red, permitiéndonos decir que: Lo que puede ser ético para uno puede no serlo para el otro.
La importancia reciente de los sistemas de datos, por su gran incidencia en la marcha de las empresas, tanto públicas como privadas, los ha transformado en un objeto cuyo ataque provoca un perjuicio enorme, que va mucho más allá del valor material de lo destruido. A ello se une que estos ataques son relativamente fáciles de realizar, con resultados altamente satisfactorios y al mismo tiempo procuran a los autores una probabilidad bastante alta de alcanzar los objetivos sin ser descubiertos. Es por ello que la ética en la informática, como en todos los campos de la vida cotidiana, debe ser utilizada como una herramienta más para la formación de una sociedad globalizada y tecnificada que va cambiando, por lo que se hace imperioso educar en concienciación ética en todos los centros de enseñanza e investigación, con la finalidad de dar un buen uso a los sistemas tecnológicos y de información.
9) Favorecer el desarrollo armónico de los sistemas de telecomunicaciones en el espacio geográfico, de conformidad con la ley.
10) Favorecer el desarrollo de los mecanismos de integración regional en los cuales sea parte la República y fomentar la participación del país en organismos internacionales de telecomunicaciones.
11) Promover la inversión nacional e internacional para la modernización y el desarrollo del sector de las telecomunicaciones.
Y la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación de la República Bolivariana de Venezuela, en su Artículo 2°, expresa que: “Las actividades científicas, tecnológicas y de innovación son de interés público y de interés general..."
8.3. Dimensiones Morales de los Sistemas de Información.
Existe en la actualidad cinco dimensiones morales, las cuales son:
1) No debe haber sistemas de expedientes personales cuya existencia sea un secreto.
2) Los individuos tienen derecho a acceder, inspeccionar, revisar y enmendar los sistemas que contiene información acerca de ellos.
3) La información personal no debe utilizarse para fines que no sean aquellos para lo que se obtuvo consentimiento previo.
4) Los administradores de los sistemas tienen responsabilidad personal, formal y legal por los daños causados por la confiabilidad y seguridad de los sistemas.
5) Los gobiernos tienen derecho a intervenir en las relaciones de información entre partes privadas.
Análisis.
Por lo aquí visto, se puede decir que en la actualidad, la tecnología puede ser una espada de doble filo, mientras que por un lado nos puede generar beneficios a través de la facilidad de poder manejar y compartir la información, por el otro puede traer la desventaja al violar la privacidad de datos personales que se manejan en la red, permitiéndonos decir que: Lo que puede ser ético para uno puede no serlo para el otro.
La importancia reciente de los sistemas de datos, por su gran incidencia en la marcha de las empresas, tanto públicas como privadas, los ha transformado en un objeto cuyo ataque provoca un perjuicio enorme, que va mucho más allá del valor material de lo destruido. A ello se une que estos ataques son relativamente fáciles de realizar, con resultados altamente satisfactorios y al mismo tiempo procuran a los autores una probabilidad bastante alta de alcanzar los objetivos sin ser descubiertos. Es por ello que la ética en la informática, como en todos los campos de la vida cotidiana, debe ser utilizada como una herramienta más para la formación de una sociedad globalizada y tecnificada que va cambiando, por lo que se hace imperioso educar en concienciación ética en todos los centros de enseñanza e investigación, con la finalidad de dar un buen uso a los sistemas tecnológicos y de información.
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